Título
LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 384°, 387°, 388 Y 389° DEL CÓDIGO PENAL, ESTABLECIENDO AGRAVANTES EN DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS Y/O SERVIDORES PÚBLICOS, RESPECTO A LA EJECUCIÓN DE RECURSOS ASIGNADOS COMO CONSECUENCIA DE LA DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA.