Título
La presente Ley tiene por finalidad incorporar cláusulas anticorrupción y perfeccionar el marco legal para la celebración de adendas contractuales en los contratos de asociaciones público-privadas y en los contratos de concesiones de obras de infraestructura y de servicios a fin que no excedan el veinte (20) por ciento del valor del contrato originalmente pactado entre la entidad del estado y el contratista o el concesionario.