Título
Propone delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar por el plazo de sesenta (60) días calendario en materia de reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios, en los términos a que hace referencia el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y el artículo 90 del Reglamento del Congreso.