Título
Propone darle carácter permanente al Aporte Social establecido en la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo 1084-Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, para que el aporte social equivalente a $1.95 por tonelada métrica de pescado descargado, cumpla con los objetivos señalados en dicha ley.