Título
Propone derogar la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo 041-2014-EM que dispone que durante el plazo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del D.S. 029-2014-PCM se mantendrá como medio de identificación, y para la comercialización del oro, la constancia de origen respecto de los sujetos a que hace mención el D.S. 027-2012-EM y la declaración de compromisos vigente del operador inscrito en el Registro de Saneamiento.