Título
Propone establecer la modalidad de ejecucioón humanitaria de la pena con el fin de tutelar la dignidad, física, mental y salud de las personas con pena privativa de la libertad de condición primaria, de conformidad con los artículos 1, 2, 4 y 139, inciso 22 de la Constitución Política que consagran, respectivamente, que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado,