Título
Propone modificar el literal f del numeral 1 del artículo 61 del Decreto Legislativo 1071, Decreto Legislativo que norma el arbitraje, con la finalidad de establecer que un laudo arbitral podrá ser anulado cuando la parte que solicita la anulación alegue y pruebe que ha sido contrario al orden público nacional, es decir, que exista corrupción, fraude, colusión, entre otros, que afecte a una de las partes o al Estado peruano.